Delegación para la Familia y Defensa de la Vida

16/07/2021

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TESTAMENTO VITAL

La Asamblea Plenaria aprobó, en el encuentro celebrado del 19 al 23 de abril de 2021, un nuevo texto de Declaración de Instrucciones previas y voluntades anticipadas, también conocido como testamento vital.

La Conferencia Episcopal invita a firmar este documento, que es la expresión escrita de la voluntad de un paciente sobre los tratamientos médicos que desea recibir, o no está dispuesto a aceptar, en la fase final de su vida. El testamento vital también especifica que se administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos, pero que no se aplique la eutanasia. Además se solicita una atención espiritual.

A continuación detallamos los documentos y pasos a seguir para que este testamento vital tenga plena validez jurídica en nuestra comunidad autónoma. 

Documentos a descargar

DOCUMENTO 1Instrucciones Previas y Voluntades Anticipadas adaptado a Castilla y León

DOCUMENTO 2Solicitud registro de instrucciones previas de Castilla y León

-Descargar e imprimir el DOCUMENTO 1 (Declaración de Instrucciones Previas y Voluntades Anticipadas adaptado a Castilla y León). Cumplimentar el documento a mano, con mayúsculas y bolígrafo azul.

-La designación de representantes (personas que velarán por el cumplimiento de las instrucciones expresadas) se hará por orden de prelación, con familia o allegados de plena confianza (art 6 Decreto 30/2007).

-Los tres testigos tendrán obligatoriamente que ser mayores de edad y plenamente capaces. No podrán tener relación alguna de parentesco, económica, patrimonial o de dependencia laboral con el otorgante del testamento vital. Darán fe de que también él es plenamente capaz, de que actúa libremente y de que firma el documento en su presencia. Se recomienda que sean amigos del otorgante (art 4 Decreto 30/2007).

-Todas las hojas del documento deberán ir firmadas por el otorgante (rúbrica y nombre y apellidos escritos de manera legible).

-Esta Declaración se entregará en un sobre cerrado, con el nombre y apellidos del otorgante de las voluntades. Grapado al mismo sobre se adjuntará el Documento 2.

-El DOCUMENTO 2 se cumplimentará también en mayúsculas y con bolígrafo azul. Es obligatorio marcar la “x” en la casilla Documento de Instrucciones Previas.  Sólo en el supuesto de que se opongan a la utilización de sus datos, otorgante y testigos deberán aportar fotocopia del DNI.

-La documentación se presentará en cualquiera de los registros de la Junta de Castilla y León (En Zamora C/ Prado Tuerto, 17, o C/Leopoldo Alas Clarín, 3)

-La Gerencia Regional de Salud comunicará, mediante correo certificado, la resolución de la solicitud.

-Es conveniente hacer una copia de la Declaración e incorporarla a la carpeta de informes médicos del otorgante.

-Ante cualquier duda sobre el documento y su registro se puede solicitar información en el teléfono 983.328.000 (extensiones 89219/89221) o en el 983.470.700.

OTRAS FORMAS DE INSCRIPCIÓN

Ante notario, sin necesidad de testigos.

Ante el personal designado al efecto por el Consejero de Sanidad. Con cita previa. Consultar direcciones y teléfonos pinchando aquí.

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